Summary: | Los “nuevos derechos” suelen promocionarse como parte del contenido jurídico de la libertad; sin embargo, dichos fundamentos usualmente escapan al ámbito del derecho e inclusive de las ciencias naturales, cuyo único respaldo es la vívida fragmentariedad cultural y la construcción social. El Estado se ve presionado por activistas (y lobbys) para reconocer sus demandas que -en la presente investigación- son el reconocimiento de nuevos aparentes derechos, obteniendo coacción estatal e inversión en políticas públicas en salvaguarda de los mismos. Por tal, se propuso establecer límites para la creación de “nuevos derechos” desde la perspectiva iusfilosofica de la libertad mediante un análisis a la descripción de la realidad social, cultural y jurídica a la que se enfrenta el Perú en el plano nacional e internacional. Tras definir conceptos como libertad, derecho positivo, y “nuevos derechos”; se ha logrado establecer una serie de principios basados en el carácter antropológico de corte personalista: la persona humana; también, se ha rescatado la libertad negativa como concepto y perspectiva positivada de la libertad del Estado que abarca sus dimensiones legislativa y política; finalmente, el marco institucional que subyace a la existencia y fines del Estado como último principio en su mínimum de neutralidad ante las instituciones que preexisten al mismo, pero eficaz para respetar y hacer respetar el sistema jurídico desde dichas instituciones: la familia y el matrimonio, así como el bien de la vida que es presupuesto de cualquier nuevo derecho a reconocerse desde la perspectiva iusfilosófica de la libertad.
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