Los gastos rechazados y las declaraciones maliciosamente incompletas o falsas

Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) === El objetivo de esta investigación se ha centrado en el estudio de las figuras de los gastos rechazados y de las declaraciones maliciosamente incompletas o falsas, básicamente por dos razones: en primer lugar porque constituyen las figuras más...

Full description

Bibliographic Details
Main Author: Lira Galdames, Angela
Other Authors: Matus Acuña, Jean Pierre
Language:es
Published: Universidad de Chile 2018
Subjects:
Online Access:http://repositorio.uchile.cl/handle/2250/146451
Description
Summary:Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) === El objetivo de esta investigación se ha centrado en el estudio de las figuras de los gastos rechazados y de las declaraciones maliciosamente incompletas o falsas, básicamente por dos razones: en primer lugar porque constituyen las figuras más recurrentes en la vida jurídica tributaria actual, y por otro lado porque son objeto de una problemática que ha resultado, a criterio personal, doctrinaria y jurisprudencialmente insoslayable. Con esto último me refiero a la imposibilidad de establecer una delimitación fundada entre sus diversas hipótesis, en contraste con lo abismal que resultan sus consecuencias jurídicas. Esto nos lleva a su vez a una segunda inquietud, esto es, desentrañar la razón por la cual se ha establecido un tratamiento normativo tan distinto para cada figura, en circunstancias de compartir, en algunos casos, supuestos o fundamentos similares o incluso idénticos. La metodología que se ha escogido para abordar lo anterior corresponde a un análisis doctrinario y jurisprudencial, dedicando capítulos separados para el estudio de cada figura, a partir de los cuales se configuran las bases para deducir las respuestas a nuestras inquietudes. Lo cierto es que esta investigación nos permite concluir que, en oposición a la pretensión del hallazgo de fundamentos doctrinarios o jurisprudenciales para explicar las razones por las cuales se plantean normativamente estas dos figuras como constitutivas de supuestos distintos, en casos que no lo son, y por los cuales a su vez se explique la determinación de tan diferentes consecuencias para uno y otro caso; podemos observar un vacío argumental que en esencia nos lleva a extrañar una postura de política criminal definida y coherente al respecto.