Necesidad de un Tratamiento único de la Responsabilidad Parental Tanto en Lo Personal como en lo Patrimonial. Antinomias frente a la falta de unificación

Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) === Desde el Código Civil de 1.857, la Responsabilidad Parental se encuentra desmembrada en Autoridad Paterna y Patria Potestad, reguladas actualmente en los Títulos IX y X del Libro primero del Código Civil. Por otra parte, en el Derecho Compara...

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Bibliographic Details
Main Author: Alvarez González, Andrea Macarena
Other Authors: Schmidt Hott, Claudia
Language:es
Published: Universidad de Chile 2012
Subjects:
Online Access:http://www.tesis.uchile.cl/tesis/uchile/2006/de-alvarez_a/html/index-frames.html
http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/107663
Description
Summary:Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) === Desde el Código Civil de 1.857, la Responsabilidad Parental se encuentra desmembrada en Autoridad Paterna y Patria Potestad, reguladas actualmente en los Títulos IX y X del Libro primero del Código Civil. Por otra parte, en el Derecho Comparado, al igual como ocurría en el Derecho Romano, la Responsabilidad Parental se encuentra unificada, regulándose bajo una misma institución tanto lo personal como la patrimonial. En esta Memoria se hace un estudio de la ya citada institución en el Derecho Romano, en el Derecho Comparado Latinoamericano actual, y en nuestro Código Civil originario, en donde se da una respuesta a la siguiente interrogante: ¿Por qué Andrés Bello excluyó de la Patria Potestad el ámbito personal, sin conceder facultades patrimoniales a la madre? Posteriormente, hay un estudio de la evolución histórica de la institución en el Código Civil, a través de las diversas reformas legales que se han sucedido. Se hace un análisis detallado de las antinomias que existen en nuestra legislación debido a la separación de los aspectos personal y patrimonial. A través de este análisis se construyen los argumentos que existen para unificar la Autoridad Paterna con la Patria Potestad bajo la denominación de Responsabilidad Parental. Para finalizar, en las conclusiones se otorgan algunas ideas para una futura reforma legal en esta materia, que han sido elaboradas teniendo en especial consideración los Tratados Internacionales y el nuevo contenido de la institución.