Nueva ley de matrimonio civil ¿y su armonía internacional?

Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) === El objetivo de este trabajo será señalar cuales son estas graves trabas que impone nuestro legislador en materia de matrimonio, específicamente respecto a sus requisitos de forma y fondo; graves trabas porque se alejan de uno de los principio...

Full description

Bibliographic Details
Main Author: Pustilnick Arditi, Tammy Solange
Other Authors: Ramírez Necochea, Héctor
Language:es
Published: Universidad de Chile 2012
Subjects:
Online Access:http://www.tesis.uchile.cl/tesis/uchile/2011/de-pustilnick_t/html/index-frames.html
http://www.repositorio.uchile.cl/handle/2250/107129
Description
Summary:Memoria (licenciado en ciencias jurídicas y sociales) === El objetivo de este trabajo será señalar cuales son estas graves trabas que impone nuestro legislador en materia de matrimonio, específicamente respecto a sus requisitos de forma y fondo; graves trabas porque se alejan de uno de los principios esenciales del DIPr que es la armonía internacional y el respeto por los actos jurídicos que se celebran en el extranjero. Y junto con señalarlas, indicar cual sería una adecuada solución a éstas, llevando así a que nuestras normas de DIPr concuerden con la tendencia moderna de reciprocidad en la validez de nuestros actos, y fomenten lo que ya se ha vuelto una necesidad mundial: las relaciones privadas internacionales y su validez en todo país. De igual forma, en este trabajo se analizará el reciente hito histórico en nuestro país en el cual la Corte de Apelaciones de Santiago declaró admisible el recurso de protección a favor del matrimonio homosexual; éste señala que las normas que prohíben el matrimonio homosexual serían inconstitucionales, recurso que actualmente se encuentra tramitándose en el Tribunal Constitucional. La finalidad de esta memoria será dar a entender que “la intención no es lo que vale” y que si bien nuestro legislador intentó adecuarse a la tendencia mundial sobre normas de DIPr, el camino a seguir fue otro, incluso en algunos casos precisamente el opuesto, tal como se expondrá a continuación.