Summary: | El presente trabajo tiene como objetivo analizar el contenido de la Resolución N° 0549-
2019/SEL-INDECOPI emitida por la Sala Especializada en Eliminación de Barreras
Burocráticas, la cual trae a referencia un tema ampliamente discutido a nivel
jurisprudencial y doctrinario como es la definición de la naturaleza jurídica de los colegios
profesionales y su ejercicio, en determinados ámbitos, de función administrativa. En ese
sentido, se analizarán las funciones que posee el Colegio de Ingenieros del Perú, además
de la revisión de sus principales instrumentos de gestión y normativos, como lo son su
Estatuto y Reglamento de Colegiación 2018. Siendo así, por un lado, se corroborará que
este colegiado ejerce función administrativa al otorgarles la colegiatura a los
profesionales ingenieros del país. Por otro lado, del examen de los instrumentos de gestión
referidos de esta entidad, se evidenciará una restricción en la modalidad de colegiatura
ordinaria que no obedece a una circunstancia objetiva, pues solo responde a la
nacionalidad del aspirante, lo que constituye una medida discriminatoria y, por ende,
ilegal, ya que vulnera lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto Legislativo 757, Ley
Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, así como los principios de
uniformidad e imparcialidad y el artículo 66 previstos en el Texto Único Ordenado de la
Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
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