Summary: | El presente informe jurídico tiene como objetivo analizar los problemas jurídicos
identificados en el Expediente No. 032-2017-OEFA/DFSAI/PAS, que versa sobre
el procedimiento administrativo sancionador iniciado por el Organismo de
Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) contra ORAZUL por exceder los
Límites Máximos Permisibles (LMP) del parámetro Sólidos Suspendidos Totales
(SST) para efluentes líquidos de la actividad eléctrica. Básicamente, el presente
informe se centra en dos áreas distintas del derecho: Derecho Ambiental y
Derecho Administrativo, sobre los cuales se presenta una posición
fundamentada respecto de cada uno de los problemas detectados en ambas
áreas.
Dentro del ámbito ambiental, se analiza los conceptos de aguas turbinadas y
efluentes líquidos que fueron empleados por ORAZUL y OEFA en el marco del
procedimiento administrativo sancionador. Esto último se contrasta con los
nuevos cambios regulados en el marco normativo ambiental aplicable a las
actividades eléctricas (dentro de las cuales se encuentra la generación).
Por otro lado, dentro del ámbito administrativo, se examina si existió o no
vulneración de los principios del procedimiento administrativo sancionador (como
el principio de causalidad). Además, se desarrolla la aplicación del principio de
retroactividad benigna debido al cambio normativo contemplado en el Nuevo
Reglamento de Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas.
|