Summary: | La importancia de dotar de institucionalidad y mecanismos legales que permitan
mejorar las condiciones en la cuales se desenvuelven los procedimientos
administrativos de reclamos del Sistema Privado de Pensiones (SPP) en la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) resulta una imperiosa necesidad
toda vez que ello define el desempeño de una de las dos formas de seguridad social
que el ordenamiento constitucional habilita como obligatorio para los trabajadores
peruanos a fin de superar la brecha social que implica la llegada de la jubilación, en la
cual un nivel de ahorros suficientes permitirá hacer frente a las necesidades
económicas y sociales propias de dicha etapa. La generación de ingresos a partir de
los ahorros de cada persona es una estrategia empleada por el Estado con la finalidad
de comprometer lo menos posible al fisco de la nación, premisa básica para una
economía sostenible. Sin embargo, el riesgo económico no puede condicionar la forma
de gestión de los reclamos a cuestiones netamente financieras ya que la toma de
decisiones debe evaluar otros aspectos predominantes como el criterio de que el
derecho a la pensión es un derecho fundamental. Como tal autoridades imparciales, el
refuerzo de las labores resolutivas, la no superposición de funciones (regulación,
supervisión, resolución de reclamos) dentro de un mismo órgano adscrito a una
estructura, entre otros, pueden sumar esfuerzos para entender y brindar tratamiento a
los reclamos del SPP que tienen la peculiaridad de encontrarse dotados por
componentes contrapuestos pero que, al fin y al cabo, tendrán en su quehacer el
destino de las personas porque antes que brindar un servicio financiero ofrecen la
posibilidad de disfrutar un derecho fundamental. === Tesis
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