Summary: | El presente trabajo busca analizar la figura de la Revocación Indirecta de actos administrativos
a partir de lo resuelto por la entonces competente Sala de Defensa de la Competencia de
INDECOPI en la Resolución N° 1535-2015/SC1-INDECOPI, la misma que fue declarada como
precedente de observancia obligatoria relativo a la interpretación de los artículos referidos a la
revocación del acto administrativo. Así pues, atendiendo a lo considerado en la Resolución, se
analizará los principales alcances de la revocación de actos administrativos frente a otras
formas de revisión de los mismos que se encuentran contempladas en el Texto Único
Ordenado (TUO) de la Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG) a fin de resaltar
las principales características y diferencias entre estos mecanismos; con lo cual, se abrirá paso
a la revocación indirecta de los actos administrativos y su correspondiente analogía con lo que
sería la expropiación indirecta, según lo determinado en el precedente de observancia
obligatoria. Así pues, y conforme a lo desarrollado en el mismo, consecuentemente,
corresponde analizar lo concerniente a la indemnización por parte de la Administración Pública,
también contemplada en el TUO de la LPAG y desarrollada como correlato de la revocación
indirecta a criterio de la Sala en el precedente. === Trabajo académico
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