Estrategias de conservación de diversidad biológica mediante el establecimiento de áreas de protección local: caso de las áreas de conservación municipal

El presente trabajo académico pretende analizar el régimen de las áreas de conservación municipal desarrollado en el año 2001, conforme al Decreto Supremo N° 038-2001-AG, y vigente hasta el año 2007, en atención a su derogación por el Decreto Supremo N° 015- 2007-AG. Durante estos años existió co...

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Bibliographic Details
Main Author: Villanueva Aramayo, Maritza Alessandra
Other Authors: Capella Vargas, José Luis
Format: Others
Language:Spanish
Published: Pontificia Universidad Católica del Perú 2020
Subjects:
Online Access:http://hdl.handle.net/20.500.12404/16007
Description
Summary:El presente trabajo académico pretende analizar el régimen de las áreas de conservación municipal desarrollado en el año 2001, conforme al Decreto Supremo N° 038-2001-AG, y vigente hasta el año 2007, en atención a su derogación por el Decreto Supremo N° 015- 2007-AG. Durante estos años existió controversia sobre las facultades de los gobiernos locales para crear las áreas de conservación municipal en vista que la Ley N° 26834 – Ley de Áreas Naturales Protegidas, no regulaba las áreas de conservación municipal, y la Ley Orgánica de Municipalidades, tanto la Ley N° 23853 como la Ley N° 27972, tampoco establecían competencias en favor de los gobiernos locales para establecer áreas de conservación municipal. El análisis a efectuar tiene como base la creación de dos áreas de conservación municipal en el departamento de Cajamarca denominadas “Las Lagunas” y “Pozo Seco” conforme a la Ordenanza Municipal N° 001-2007-MPSP . Estas áreas de conservación municipal motivaron la interposición de una demanda de amparo por Minera Yanacocha contra la Municipalidad Provincial de San Pablo dado que existía una superposición entre los derechos de la minera, previamente adquiridos, y el área establecida, por lo que se limitaban los derechos de Minera Yanacocha. Más aún, se precisa que la Municipalidad Provincial de San Pablo, en su calidad de gobierno local, no tenía facultades para crear áreas de conservación municipal de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades vigente, la Ley N° 27972. A partir de ello surge la necesidad de analizar si el régimen de creación de las áreas de conservación municipal era legal y admisible dentro del ordenamiento jurídico peruano vigente y, en atención al estado actual de estas áreas, determinar una medida idónea de protección de áreas a nivel local. === Trabajo académico