Summary: | El presente trabajo de investigación busca analizar –a partir de la Casación N.º
74-2014-AMAZONAS– el objeto de protección o bien jurídico protegido del
artículo 313 del Código Penal, siendo la hipótesis del presente trabajo que será
todo a que espacio geográfico regulado a través de la normatividad
administrativo-ambiental cuya modificación –a través de la tala o construcción–
no haya sido autorizada por autoridad competente y en abierta vulneración de
las normas indicadas precedentemente.
En tal sentido, son pasibles de protección tanto las áreas naturales protegidas
como las zonas de amortiguamiento en tanto y en cuanto para su modificación
fuera de los términos del Plan Maestro está sujeto a la emisión de
compatibilidades y –si se afectan bosques– autorizaciones de desbosque,
otorgados por Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas –en el primer caso–
y el Servicio Forestal o la Autoridad Regional Forestal competente –en el
segundo caso–. === Trabajo académico
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