La intervención de la Autoridad Administrativa de Trabajo (AAT) en la negociación colectiva : A propósito de las reglas para el nombramiento de árbitros, contempladas en el artículo 61-B del Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo

Para darle viabilidad jurídica al arbitraje potestativo como mecanismo alternativo de solución pacífica de los conflictos laborales, se han emitido reglas en la etapa de nombramiento de árbitros, entre ellas, las referidas a los plazos para la elección de árbitros, la prohibición de nombramiento...

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Bibliographic Details
Main Author: Canchaya Fernández, Gary Milton
Other Authors: Lengua Apolaya, César Augusto
Format: Others
Language:Spanish
Published: Pontificia Universidad Católica del Perú 2019
Subjects:
Online Access:http://hdl.handle.net/20.500.12404/13683
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spelling ndltd-PUCP-oai-tesis.pucp.edu.pe-20.500.12404-136832021-09-23T05:14:34Z La intervención de la Autoridad Administrativa de Trabajo (AAT) en la negociación colectiva : A propósito de las reglas para el nombramiento de árbitros, contempladas en el artículo 61-B del Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo Canchaya Fernández, Gary Milton Lengua Apolaya, César Augusto Derecho laboral--Legislación---Perú Arbitraje laboral Negociaciones colectivas de trabajo http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 Para darle viabilidad jurídica al arbitraje potestativo como mecanismo alternativo de solución pacífica de los conflictos laborales, se han emitido reglas en la etapa de nombramiento de árbitros, entre ellas, las referidas a los plazos para la elección de árbitros, la prohibición de nombramiento sucesivo y la sustitución ante los supuestos de renuncia o inasistencia de los árbitros. No obstante la finalidad señalada, ante la Autoridad Administrativa de Trabajo se interpone recursos (apelación) y cuestionamientos administrativos (oposición) en un escenario en que las partes actúan sin observar estas reglas. Frente a esta práctica, cabe preguntarse si es correcto reconocer en la Administración la facultad de efectuar el control de legalidad de las actuaciones del empleador o la organización sindical en la etapa de nombramiento de árbitros. Tal cuestión pretendo abordar en el presente trabajo, partiendo de la naturaleza de la intervención administrativa en la negociación colectiva y el arbitraje potestativo, y el deber de fomento y promoción que debe observar el Estado, de acuerdo al mandato contenido en el artículo 28 de la Constitución Política del Perú. De este modo, llego a la conclusión que la recusación es el mecanismo idóneo para plantear cualquier cuestionamiento respecto de la no observancia a las reglas para el nombramiento de árbitros, la cual debe hacerse valer ante el propio tribunal arbitral, una vez instalado. La postura asumida en el presente trabajo no admite otra opción. Trabajo académico 2019-03-11T17:52:37Z 2019-03-11T17:52:37Z 2018 2019-03-11 info:eu-repo/semantics/bachelorThesis http://hdl.handle.net/20.500.12404/13683 spa info:eu-repo/semantics/restrictedAccess application/pdf Pontificia Universidad Católica del Perú PE Pontificia Universidad Católica del Perú Repositorio de Tesis - PUCP
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Canchaya Fernández, Gary Milton
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