Summary: | La necesidad de contar con un sistema adecuado de protección a los niños y adolescentes
así como de aliento y respeto a sus derechos es innegable. Según las proyecciones del INEI
para el año 2025, el Perú habrá alcanzado sobrepasar los 35.5 millones de habitantes1
, de
los cuales al menos hoy en día son 10.6 millones de niños y adolescentes2
. De estos, el 45%
vive en condición de pobreza3
. Estas cifras evidencian la urgencia de un compromiso
estatal real por la promoción y protección de su bienestar.
El Estado tiene el deber de asistir a los padres en su misión de criar y proveer a sus hijos
cuando estos no estén en condiciones de hacerlo, así como también de velar por aquellos
niños vulnerables por carecer de cuidado parental. Con este fin el Perú, como cualquier otro
Estado, diseña una serie de programas y medidas destinadas a procurar el bienestar de los
niños y paliar las consecuencias de su desatención. Entre las medidas previstas por nuestro
ordenamiento están el apoyo intrafamiliar, la colocación familiar y en familias sustitutas, la
institucionalización y la adopción. Como se verá a lo largo de esta tesis, contrario a lo que
es considerado más beneficioso para los niños y adolescentes, a la fecha la
institucionalización sigue siendo la medida de protección más popular.
La adopción internacional de niños y adolecentes es uno de los tipos de adopción que
nuestro ordenamiento contempla y puede ser definida como la incorporación de un niño y
adolescentes de determinado país a una familia procedente de otro, con el fin de instaurar
los vínculos de paternidad y filiación entre ellos. Es considerada una medida de protección
destinada principalmente para los niños y adolescentes declarados judicialmente en
abandono. === Tesis
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