Nulidad de actos jurídicos de disposición y gravamen de bienes en el proceso penal

La presente Tesis está referida a la “nulidad de actos jurídicos de disposición y gravamen de bienes en el proceso penal”, es decir, a los actos celebrados por el imputado o condenado por la comisión de un delito y eventualmente por el tercero civil. Pues como se sabe, el artículo 97° del Código Pen...

Full description

Bibliographic Details
Main Author: Delgado Tovar, Walther Javier
Language:Spanish
Published: Universidad Nacional Mayor de San Marcos 2013
Subjects:
Online Access:http://cybertesis.unmsm.edu.pe/handle/cybertesis/1196
Description
Summary:La presente Tesis está referida a la “nulidad de actos jurídicos de disposición y gravamen de bienes en el proceso penal”, es decir, a los actos celebrados por el imputado o condenado por la comisión de un delito y eventualmente por el tercero civil. Pues como se sabe, el artículo 97° del Código Penal establece que: “Los actos practicados o las obligaciones adquiridas con posterioridad al hecho punible son nulos en cuanto disminuyan el patrimonio del condenado y lo hagan insuficiente para la reparación, sin perjuicio de los actos celebrados de buena fe por terceros”. A su vez el artículo 102° del Código Penal dispone que: “El Juez resolverá el decomiso o pérdida de los efectos provenientes de la infracción penal o de los instrumentos con que se hubiere ejecutado, a no ser que pertenezcan a terceros no intervinientes en la infracción”. Estas normas concuerdan con lo dispuesto por los artículos 11° y 15° del Código Procesal Penal y el artículo 188°-A del Decreto Legislativo 959; normas estas últimas que además, hacen referencia a la nulidad de actos por los cuales se establecen gravámenes sobre los bienes, los mismos que pudieran afectar el cumplimiento del pago de la reparación civil o resarcimiento del daño, así como el decomiso de instrumentos, efectos o ganancias del delito.