Summary: | La declaración del estado de alarma derivada de la pandemia del covid-19 ha supuesto, en el ámbito del contrato de viaje combinado, una sustancial alteración de los elementos del contrato: el objeto del mismo ha devenido imposible y la voluntad de las partes contratantes ha sido revocada, pues un gran número de viajeros no desean proseguir con la ejecución del viaje.
A través del presente trabajo reflejaré cuáles son las situaciones ante las que se encuentra el viajero que ha visto frustrada la ejecución de su viaje combinado, así como las herramientas jurídicas y los derechos que le asisten. En este sentido, se describirán las consecuencias jurídicas que derivan del ejercicio del desistimiento, de la declaración de fuerza mayor y la pérdida de interés en el cumplimiento del contrato, los efectos de la imposibilidad sobrevenida y, por último, las concretas medidas adoptadas en virtud de los reales decretos leyes por los que se adoptan medidas complementarias para hacer frente al covid-19.
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