La administración tributaria y el Principio del “Solve et repete”
El tema tributario siempre es controversial, toda vez que juegan dos elementos sustanciales: el acreedor tributario y el sujeto pasivo, quienes como consecuencia de una transacción económica y la aplicación del hecho generador de la obligación, establecen una relación jurídica de obligación tributar...
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Universidad Nacional Mayor de San Marcos
2014-06-01
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doaj-7c31f1b325df42a0950c1c2710ce9b702021-05-06T17:52:21ZspaUniversidad Nacional Mayor de San MarcosQuipukamayoc1560-91031609-81962014-06-01224121922210.15381/quipu.v22i41.1009210092La administración tributaria y el Principio del “Solve et repete”Julio César Trujillo Meza0Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Facultad de Ciencias Contables. Lima, PerúEl tema tributario siempre es controversial, toda vez que juegan dos elementos sustanciales: el acreedor tributario y el sujeto pasivo, quienes como consecuencia de una transacción económica y la aplicación del hecho generador de la obligación, establecen una relación jurídica de obligación tributaria sustancial y/o formal. Los principios aplicables en el ambiente tributario son principios constitucionales y no constitucionales y, principios específicos para determinar obligaciones dentro de ellos, el Principio del “Solve et Repete” como principio en términos comunes de “Pague primero luego reclame”. Este principio se aplica, en los procesos tributarios tanto contencioso como no contencioso. La aplicación de este principio lleva a que el contribuyente tenga que desembolsar una deuda tributaria frente a un valor reclamable sea una Resolución de Determinación, una Resolución de Orden de Pago o una Resolución de Multa y aun teniendo la razón, el contribuyente deberá pagar una determinada suma de dinero para ejercer su derecho a la defensa y poder oponerse en el proceso administrativo ante la SUNAT, y hasta el Poder Judicial, e inclusive el Tribunal Constitucional. Creemos, que el Sistema Tributario Nacional requiere de cambios estructurales y dentro de ellos, la revisión de determinados principios como sería el tema del presente artículo.https://revistasinvestigacion.unmsm.edu.pe/index.php/quipu/article/view/10092principio de solve et repete |
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El tema tributario siempre es controversial, toda vez que juegan dos elementos sustanciales: el acreedor tributario y el sujeto pasivo, quienes como consecuencia de una transacción económica y la aplicación del hecho generador de la obligación, establecen una relación jurídica de obligación tributaria sustancial y/o formal. Los principios aplicables en el ambiente tributario son principios constitucionales y no constitucionales y, principios específicos para determinar obligaciones dentro de ellos, el Principio del “Solve et Repete” como principio en términos comunes de “Pague primero luego reclame”. Este principio se aplica, en los procesos tributarios tanto contencioso como no contencioso. La aplicación de este principio lleva a que el contribuyente tenga que desembolsar una deuda tributaria frente a un valor reclamable sea una Resolución de Determinación, una Resolución de Orden de Pago o una Resolución de Multa y aun teniendo la razón, el contribuyente deberá pagar una determinada suma de dinero para ejercer su derecho a la defensa y poder oponerse en el proceso administrativo ante la SUNAT, y hasta el Poder Judicial, e inclusive el Tribunal Constitucional.
Creemos, que el Sistema Tributario Nacional requiere de cambios estructurales y dentro de ellos, la revisión de determinados principios como sería el tema del presente artículo. |
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