Coches, carrozas y sillas de mano en la monarquía de los Austrias entre 1600 y 1700: evolución de la legislación

La introducción de los coches en las caballerizas de las cortes europeas fue un proceso que se desarrolló durante el siglo XVI. En Castilla este uso se afianzó a raíz del asentamiento definitivo de la corte en Madrid (1561). Desde entonces, el coche contribuyó no poco a cambiar la planta de la cabal...

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Bibliographic Details
Main Author: Alejandro López Álvarez
Format: Article
Language:Spanish
Published: Consejo Superior de Investigaciones Científicas 2006-12-01
Series:Hispania
Subjects:
Online Access:http://hispania.revistas.csic.es/index.php/hispania/article/view/24
Description
Summary:La introducción de los coches en las caballerizas de las cortes europeas fue un proceso que se desarrolló durante el siglo XVI. En Castilla este uso se afianzó a raíz del asentamiento definitivo de la corte en Madrid (1561). Desde entonces, el coche contribuyó no poco a cambiar la planta de la caballeriza y sus etiquetas, así como las apariciones del rey. Al mismo tiempo, fue asimilado paulatinamente a la nobleza, el sector social que estaba empezando a gobernar en lugar de los letrados, como manifestaron las pragmáticas de 1578 y 1593. Pero la unión del coche y el cortesano fue definitiva desde 1611, mediante la institucionalización de su uso. A partir de entonces, para ir en carruaje era necesario alcanzar una licencia del Consejo de Castilla, lo que de hecho convirtió a este uso en estricto monopolio de las elites que gobernaban la Monarquía, es decir, la aristocracia cortesana, los ministros y criados de la Casa real, los altos eclesiásticos y quienes tuvieran estrechas relaciones con ellos en los grandes centros urbanos. Culminada la institucionalizacion, se procedió por un lado, a tratar de fiscalizar los coches (en 1651, 1658, 1667, 1675, 1684 o 1688) y por otro, se dieron una serie de medidas dirigidas a que el coche siguiera siendo monopolio de una pequeña élite cortesana, las más importantes de las cuales fueron las pragmáticas de 1674, 1678, 1684 y 1691.
ISSN:0018-2141
1988-8368