¿Son los enunciados jurídicos proposiciones normativas?
El conocimiento del derecho es básicamente la aptitud para distinguir entre enunciados jurídicos verdaderos y falsos acerca del derecho de una determinada comunidad. Tales enunciados son un tipo de enunciados normativos y se refieren a las características normativas (i. e., obligatoria, p...
Main Author: | |
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Format: | Article |
Language: | Spanish |
Published: |
Universidad de Alicante
2012-11-01
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Series: | Doxa |
Online Access: | https://doxa.ua.es/article/view/2012-n35-son-los-enunciados-juridicos-proposiciones-normativas |
Summary: | El conocimiento del derecho es básicamente la aptitud para distinguir entre enunciados jurídicos verdaderos y falsos acerca del derecho de una determinada comunidad. Tales enunciados son un tipo de enunciados normativos y se refieren a las características normativas (i. e., obligatoria, permitida) de una cierta acción. En su trabajo clásico acerca de los sistemas normativos, Alchourrón y Bulygin ofrecen el análisis más elaborado de la naturaleza de los enunciados jurídicos. Básicamente, ellos señalan que los enunciados jurídicos son proposiciones normativas disfrazadas, i. e., que se refieren de manera oblicua a la existencia de normas. En su opinión, este reduccionismo está vinculado a una concepción positivista del derecho. En este trabajo, sin embargo, se pretende mostrar no sólo diferencias importantes en las distintas caracterizaciones que Alchourrón y Bulygin han ofrecido de los enunciados jurídicos y las proposiciones normativas sino también que un positivista jurídico no está compelido a suscribir su análisis clásico. |
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ISSN: | 0214-8676 2386-4702 |