¿Cómo mira el Estado? Constitución de 1991 y Compromisos de Género del Estado Colombiano
El presente artículo analiza la noción de orden o compromisos de género de un Estado, la cual fue acuñada por Nancy Fraser para señalar que toda estructura de gobierno asume y promueve cierta ordenación de los sexos, ya sea expresa o tácitamente, intencionadamente o no, a través de sus manifestacion...
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Universidad del Rosario
2011-06-01
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Series: | Revista Estudios Socio-Jurídicos |
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doaj-5ee52d92d6534345af283dc08d9625992020-11-24T21:48:41ZengUniversidad del RosarioRevista Estudios Socio-Jurídicos0124-05792145-45312011-06-01131389417¿Cómo mira el Estado? Constitución de 1991 y Compromisos de Género del Estado ColombianoLina María Céspedes-BáezJorge Sarmiento-ForeroEl presente artículo analiza la noción de orden o compromisos de género de un Estado, la cual fue acuñada por Nancy Fraser para señalar que toda estructura de gobierno asume y promueve cierta ordenación de los sexos, ya sea expresa o tácitamente, intencionadamente o no, a través de sus manifestaciones jurídicas y de política pública. En el caso de Colombia, este estudio ha de iniciarse con la Constitución de 1991 y las sentencias de la Corte Constitucional que desarrollan su articulado. Las decisiones relativas a menores intersexuales han demostrado ser un terreno fértil para observar los esfuerzos de la Corte por entender cuál es la relación sexo/género, díada que se encuentra en la base de todas las teorías sobre sexualidad, atribución de significación a los cuerpos y relación hombres/mujeres. Es un hecho que los Estados no se limitan a regular el tráfico de bienes y servicios, sino que también imponen normas acerca de la identidad sexual que se reflejan en diversos campos del ordenamiento jurídico, por ejemplo, las consecuencias patrimoniales de vivir en pareja, los impuestos, los requisitos para adquirir la nacionalidad. De ahí que sea esencial comprender y saber dónde y cómo develar los arreglos de género que patrocina un Estado.http://revistas.urosario.edu.co/index.php/sociojuridicos/article/view/1515/1414compromisos de género |
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El presente artículo analiza la noción de orden o compromisos de género de un Estado, la cual fue acuñada por Nancy Fraser para señalar que toda estructura de gobierno asume y promueve cierta ordenación de los sexos, ya sea expresa o tácitamente, intencionadamente o no, a través de sus manifestaciones jurídicas y de política pública. En el caso de Colombia, este estudio ha de iniciarse con la Constitución de 1991 y las sentencias de la Corte Constitucional que desarrollan su articulado. Las decisiones relativas a menores intersexuales han demostrado ser un terreno fértil para observar los esfuerzos de la Corte por entender cuál es la relación sexo/género, díada que se encuentra en la base de todas las teorías sobre sexualidad, atribución de significación a los cuerpos y relación hombres/mujeres. Es un hecho que los Estados no se limitan a regular el tráfico de bienes y servicios, sino que también imponen normas acerca de la identidad sexual que se reflejan en diversos campos del ordenamiento jurídico, por ejemplo, las consecuencias patrimoniales de vivir en pareja, los impuestos, los requisitos para adquirir la nacionalidad. De ahí que sea esencial comprender y saber dónde y cómo develar los arreglos de género que patrocina un Estado. |
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