Reforma ley de minería en aplicación del artículo 57: Constitución de la República del Ecuador
La minería en el Ecuador es un derecho que todos los ecuatorianos tienen de acceder, es por ello que dentro del presente estudio se evidencian los vacíos jurídicos, falta de reformas de ley por parte del Estado quien es el responsable de hacer respetar los derechos y la buena aplicabilidad de la ley...
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Fundación Koinonía
2020-02-01
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doaj-4953842afe0841a9acb9bc642960b1652020-11-25T02:30:46ZspaFundación KoinoníaIustitia Socialis2542-33712542-33712020-02-015171673310.35381/racji.v5i1.638546Reforma ley de minería en aplicación del artículo 57: Constitución de la República del EcuadorMarco Antonio Feijoo-Paladines0Juan Carlos Erazo-Álvarez1Diego Adrián Ormaza-Ávila2Cecilia Ivonne Narváez-ZuritaUniversidad Católica de Cuenca, CuencaUniversidad Católica de Cuenca, CuencaUniversidad Católica de Cuenca, CuencaLa minería en el Ecuador es un derecho que todos los ecuatorianos tienen de acceder, es por ello que dentro del presente estudio se evidencian los vacíos jurídicos, falta de reformas de ley por parte del Estado quien es el responsable de hacer respetar los derechos y la buena aplicabilidad de la ley. Con esta finalidad la este mandato constitucional, tipificada no ha sido considerada por parte del Estado ecuatoriano para la buena aplicabilidad antes de dar una concesión minera dentro de los territorios y pueblos indígenas, donde únicamente se considera los requisitos administrativos y posterior a ello se generan varios conflictos ente el estado y su gente, hasta la presente fecha no existe una buena aplicabilidad o reforma a la ley de minería donde se dé fin a la vulneración de los derechos y respeto a los tratados internacionales.https://fundacionkoinonia.com.ve/ojs/index.php/Iustitia_Socialis/article/view/638reforma ley de mineríacódigo orgánico del ambientereglamento al código orgánico del ambienteadecuada aplicación. |
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La minería en el Ecuador es un derecho que todos los ecuatorianos tienen de acceder, es por ello que dentro del presente estudio se evidencian los vacíos jurídicos, falta de reformas de ley por parte del Estado quien es el responsable de hacer respetar los derechos y la buena aplicabilidad de la ley. Con esta finalidad la este mandato constitucional, tipificada no ha sido considerada por parte del Estado ecuatoriano para la buena aplicabilidad antes de dar una concesión minera dentro de los territorios y pueblos indígenas, donde únicamente se considera los requisitos administrativos y posterior a ello se generan varios conflictos ente el estado y su gente, hasta la presente fecha no existe una buena aplicabilidad o reforma a la ley de minería donde se dé fin a la vulneración de los derechos y respeto a los tratados internacionales. |
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