Protección judicial efectiva de las libertades

La atribución al denominado poder judicial (tít. 6.o CE) de la defensa y promoción de los derechos y libertades establecidos en la ley fundamental del Estado social y democrático de Derecho (art. 1.1 CE), descansa en las reflexiones siguientes. Conforme a la tradición profesada por el pensamiento il...

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Main Authors: Claudio Movilla Alvarez, Manuel María Zorrilla Ruiz
Format: Article
Language:English
Published: Universidad de Deusto 2015-01-01
Series:Estudios de Deusto
Online Access:https://revista-estudios.revistas.deusto.es/article/view/625
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spelling doaj-458a1098d96f4698956ea8e8e921e7f02021-09-11T20:59:26ZengUniversidad de DeustoEstudios de Deusto0423-48472386-90622015-01-0145210.18543/ed-45(2)-1997pp285-295579Protección judicial efectiva de las libertadesClaudio Movilla AlvarezManuel María Zorrilla Ruiz0Universidad de DeustoLa atribución al denominado poder judicial (tít. 6.o CE) de la defensa y promoción de los derechos y libertades establecidos en la ley fundamental del Estado social y democrático de Derecho (art. 1.1 CE), descansa en las reflexiones siguientes. Conforme a la tradición profesada por el pensamiento iluminista el origen y la naturaleza de esas situaciones innatas, su fisonomía es la propia de los derechos y libertades que se reconocen en virtud de su inherencia a la existencia y condición humanas. No han sido otorgadas por actos arbitrarios o decisiones gratuitas de los poderes públicos. Todas las personas o solamente los ciudadanos —según el grado de cobertura constitucional— tienen la condición de sujetos titulares de ellos, al gozar de la utilidad o del provecho que es inseparable del interés legítimo contemplado por el Derecho objetivo (art. 10.1 y 53.1 CE).https://revista-estudios.revistas.deusto.es/article/view/625
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