La desaparición del silencio positivo de las licencias ambientales
La Ley de Procedimiento Administrativo Común de 2015 mantiene la regla general del silencio administrativo positivo, pero incorpora la excepción ambiental, cuando la actividad pueda producir daños al medio ambiente, en cuyo caso el silencio será negativo. Esta previsión debe aplicarse al régimen de...
Main Author: | |
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Format: | Article |
Language: | Spanish |
Published: |
Instituto Nacional de Administración Pública (INAP)
2019-04-01
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Series: | Revista de Estudios de la Administración Local y Autonómica |
Subjects: | |
Online Access: | http://revistasonline.inap.es/index.php/REALA/article/view/10587 |
Summary: | La Ley de Procedimiento Administrativo Común de 2015 mantiene la regla general del silencio administrativo positivo, pero incorpora la excepción ambiental, cuando la actividad pueda producir daños al medio ambiente, en cuyo caso el silencio será negativo. Esta previsión debe aplicarse al régimen de licencias de actividad, regulado de forma heterogénea por las diversas Comunidades Autónomas. El Tribunal Constitucional ha confirmado la primacía de esta regulación básica en su sentencia 70/2018.
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ISSN: | 1699-7476 1989-8975 |