Vía negativa (daño e injusticia)
En los últimos decenios diversos autores han ido acudiendo a la noción de una vía negativa para referirse al lugar que las experiencias y los procesos de negatividad tienen en la conformación de los sistemas normativos. En términos usuales, esa negatividad se define como injusticia y la sugerencia,...
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Universidad Carlos III de Madrid
2021-03-01
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doaj-2ae280ded9e341e0a78b765a5d7594f52021-07-30T07:31:46ZengUniversidad Carlos III de MadridEunomia2253-66552021-03-0102021522810.20318/eunomia.2021.60725381Vía negativa (daño e injusticia)Carlos Thiebaut0Universidad Carlos III de MadridEn los últimos decenios diversos autores han ido acudiendo a la noción de una vía negativa para referirse al lugar que las experiencias y los procesos de negatividad tienen en la conformación de los sistemas normativos. En términos usuales, esa negatividad se define como injusticia y la sugerencia, entonces, es que existiría una primacía, o bien genética o bien hermenéutica, de esas percepciones y experiencias de injusticia sobre las nociones y sistemas normativos en los que se definen y plasman qué sea la justicia. Se tratará aquí de establecer un primer esbozo de un mapa teórico en el que se ubica la intuición de la primacía de lo negativo a la hora de comprender las dimensiones éticas, políticas y jurídicas de los procesos y de los sistemas sociales. A la vista de las distintas propuestas que cabe subsumir bajo esta rúbrica, y a veces corrigiéndolas, se argumentará que la vía negativa es un recurso hermenéutico al que acuden las reconstrucciones teóricas tanto como los agentes sociales mismos para la comprensión de los procesos de génesis de ideas prácticas y de normas, de sus quiebras, resistencias y reformulaciones y al que se acude también para articular programas o propuestas puedan formularse como justos y aceptables. En términos más descriptivos, la vía negativa fijaría su atención en los procesos de denuncia, resistencia u oposición a un régimen normativo dado, bien sea en formas de revolución o de acción colectiva reformadora, bien sea como expresión de acciones individuales de disidencia y de desobediencia.https://e-revistas.uc3m.es/index.php/EUNOM/article/view/6072vía negativaaproximación hermenéuticadañosentido de la injusticiameliorismoimperativo de la disidenciashklarbrunkhorstmuguerza |
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En los últimos decenios diversos autores han ido acudiendo a la noción de una vía negativa para referirse al lugar que las experiencias y los procesos de negatividad tienen en la conformación de los sistemas normativos. En términos usuales, esa negatividad se define como injusticia y la sugerencia, entonces, es que existiría una primacía, o bien genética o bien hermenéutica, de esas percepciones y experiencias de injusticia sobre las nociones y sistemas normativos en los que se definen y plasman qué sea la justicia. Se tratará aquí de establecer un primer esbozo de un mapa teórico en el que se ubica la intuición de la primacía de lo negativo a la hora de comprender las dimensiones éticas, políticas y jurídicas de los procesos y de los sistemas sociales. A la vista de las distintas propuestas que cabe subsumir bajo esta rúbrica, y a veces corrigiéndolas, se argumentará que la vía negativa es un recurso hermenéutico al que acuden las reconstrucciones teóricas tanto como los agentes sociales mismos para la comprensión de los procesos de génesis de ideas prácticas y de normas, de sus quiebras, resistencias y reformulaciones y al que se acude también para articular programas o propuestas puedan formularse como justos y aceptables. En términos más descriptivos, la vía negativa fijaría su atención en los procesos de denuncia, resistencia u oposición a un régimen normativo dado, bien sea en formas de revolución o de acción colectiva reformadora, bien sea como expresión de acciones individuales de disidencia y de desobediencia. |
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