Summary: | Resumen: La evolución de las tecnologías de la información y comunicación (en adelante TIC) en el ámbito sanitario ha dado lugar al fenómeno actual de la eHealth o eSalud, términos equivalentes al concepto de ciberespacio, pero referido exclusivamente a la salud. Fruto de la aparición de la web 2.0 se puede afirmar que nos encontramos ante un fenómeno mucho mayor que lo que sería el mero uso de tecnologías: estamos ante un verdadero cambio social dando lugar a la denominada Salud 2.0.La regulación jurídica de este ciberespacio exige 2 tipos distintos de normas. Unas que regulen el ciberespacio en sí mismo y otras los hechos que se realizan con el uso del mismo y a las que parece aplicable el derecho convencional. En este último caso nos estamos refiriendo a la aplicación del derecho ya existente a los actos realizados a través de las TIC, como es el caso de los actos médicos.Dentro de estos últimos también hay que distinguir 2 situaciones claramente diferentes: las responsabilidades profesionales derivadas de actos médicos ejecutados dentro del ejercicio profesional, llevado a cabo en el seno de las organizaciones sanitarias cuando se implanta el uso de las TIC y aquellos otros actos ejecutados de manera voluntaria y a título individual y privado, utilizando medios y dispositivos propios. Es en este tipo de actos donde la legalidad se ve generalmente conculcada respecto a la protección de datos y la intimidad de los pacientes, y a la vez los profesionales pueden incurrir en responsabilidades. Abstract: The increasing use of Information and Communication Technologies (ICT) in the health setting has given rise to the current phenomenon of eHealth or eMedicine, terms equivalent to the cyberspace concept, but refer exclusively to health. Due to the appearance of Web 2.0 it can be stated that we are dealing with a phenomenon much greater than just using the technologies: we are facing a real social change, giving rise to that called Health 2.0.The legal regulation of this cyberspace requires two different types of rules. Some that regulate cyberspace itself, and others, the actions performed with its use and to those that appear applicable to conventional law. In this latter case, we are referring to the applying of already existing laws to actions performed using ICT, as is the case of medical actions.Within these latter situations, two clearly different ones have to be distinguished: the professional responsibilities arising from medical actions carried out within health organisation settings when the use of ICT is introduced, and those other actions carried out voluntarily, individually and privately, using personal media and devices. It is in these types of actions where the legality, as regards data protection and privacy of the patient, appears to be violated, and at the same time the professional may be held responsible.
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